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Cuentaclaras

Facturar sin ser autónomo

La duda más repetida de quien empieza, y una respuesta que tiene más matices de los que suele contarse.

Es probablemente la pregunta más buscada por quien va a cobrar su primer trabajo por cuenta propia, y circula mucha información confusa al respecto. Conviene separar dos cosas que son independientes.

Hacienda y Seguridad Social son cosas distintas

Para Hacienda la respuesta es clara: si realizas una actividad económica tienes que darte de alta censal con el modelo 036 o 037, emitir factura y declarar esos ingresos. Esto no depende de cuánto cobres. Una factura suelta de cien euros ya es una actividad económica.

Darse de alta censal en Hacienda no cuesta dinero. No hay cuota. Es solo una comunicación.

Para la Seguridad Social el asunto es más discutido. La norma dice que hay que darse de alta en el RETA quien ejerce una actividad económica de forma habitual, personal y directa. El problema es que la ley nunca ha definido qué significa exactamente habitual.

El mito del salario mínimo

Habrás oído que si ganas menos del salario mínimo no hace falta darse de alta. Esto viene de varias sentencias del Tribunal Supremo que, en casos concretos, usaron ese umbral como indicio de que la actividad no era habitual.

Pero conviene entender qué son esas sentencias: resoluciones sobre casos particulares, no una exención escrita en ninguna ley. La Seguridad Social no comparte esa interpretación y actúa en consecuencia. Si te inspeccionan, puedes acabar reclamando en los tribunales con posibilidades, pero no es una posición cómoda ni barata.

Qué pasa si te pillan

Si la Inspección de Trabajo detecta que has estado facturando sin alta, te reclama las cuotas no ingresadas del periodo, con un recargo, y puede añadir una sanción. La cifra sube rápido.

Además el riesgo no depende solo de ti: si tu cliente deduce tu factura, esa operación queda registrada en el sistema y es perfectamente rastreable.

Qué hacer en la práctica

Si vas a facturar de forma esporádica y muy puntual, date de alta al menos en Hacienda, emite la factura correctamente y declara el ingreso. Es obligatorio, gratuito y te deja limpio con la Agencia Tributaria.

Si vas a tener ingresos con cierta continuidad, aunque sean pequeños, el alta en el RETA es lo prudente. Con la tarifa plana y las ayudas autonómicas, el coste del primer año es mucho menor de lo que la gente imagina, y la tranquilidad de trabajar en regla vale bastante más que la diferencia.

Puedes ver qué cuota te tocaría y decidir con el número delante en vez de con una intuición.

Esto es una estimación, no asesoramiento fiscal. Las calculadoras aplican las reglas generales y no contemplan situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.

Antes de presentar cualquier modelo, contrasta el resultado con tu asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria.