Saltar al contenido
Cuentaclaras

Cómo rellenar el modelo 303

La declaración trimestral de IVA casilla por casilla, con lo que hay que tener preparado antes de empezar.

Antes de abrir el formulario, ten a mano dos cifras salidas de tus libros de registro: el IVA total que has repercutido en tus facturas emitidas del trimestre y el IVA total que has soportado en tus compras deducibles. Con eso, el resto es mecánico. Puedes cuadrarlo antes con la calculadora de IVA.

El IVA devengado

En la primera parte del formulario declaras lo que has cobrado a tus clientes, separado por tipos impositivos. Hay una fila para el 21 %, otra para el 10 % y otra para el 4 %.

En cada una anotas la base imponible y el impuesto resultante. Si toda tu facturación va al 21 %, solo rellenas esa línea y el resto quedan a cero.

Si has hecho adquisiciones intracomunitarias o alguna operación con inversión del sujeto pasivo, tienen sus propias casillas más abajo, porque ahí el IVA se autorrepercute: aparece a la vez como devengado y como deducible.

El IVA deducible

En la segunda parte va el IVA de tus compras, distinguiendo entre operaciones corrientes y bienes de inversión. Los bienes de inversión son los elementos duraderos, como un ordenador, y van en una casilla separada.

Recuerda que solo puedes deducir el IVA de gastos afectos a la actividad y con factura completa a tu nombre. Un tique no vale.

El resultado

La diferencia entre ambos bloques es tu resultado del trimestre. Si es positivo, ingresas. Si es negativo, lo normal es marcarlo como a compensar en trimestres siguientes.

La devolución solo puede solicitarse en la declaración del cuarto trimestre, salvo que estés inscrito en el registro de devolución mensual.

Errores frecuentes

Meter gastos sin factura completa. Es el motivo más habitual de que Hacienda rechace deducciones en una comprobación.

Deducir el IVA de gastos mixtos por encima de lo admitido. En vehículos, la Administración parte de un 50 % y superarlo exige prueba de uso exclusivo profesional.

No presentar cuando el resultado es cero. Si estás obligado, presentas igual, aunque no haya movimiento. Un trimestre sin actividad se declara con todo a cero.

Olvidar el resumen anual. En enero se presenta además el modelo 390, que recopila los cuatro trimestres. No se paga nada, pero es obligatorio y su falta genera sanción.

Plazos

Los tres primeros trimestres, del 1 al 20 de abril, julio y octubre. El cuarto, del 1 al 30 de enero. Si domicilias el pago, unos cinco días menos. Están todos en el calendario fiscal.

Esto es una estimación, no asesoramiento fiscal. Las calculadoras aplican las reglas generales y no contemplan situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.

Antes de presentar cualquier modelo, contrasta el resultado con tu asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria.