Calculadora de la declaración de la renta
Por Daniel Díaz Soler · Revisado el
Junta tu nómina, tu actividad como autónomo, tus ahorros y lo que ya has pagado durante el año, y sabrás si la renta te va a salir a pagar o a devolver. Sirve para asalariados, autónomos y para quien es las dos cosas a la vez.
Tu renta, en cinco bloques
Trabajo por cuenta ajena
Actividad como autónomo
Ahorro
Familia y previsión
Cómo calcula la renta Hacienda
La declaración de la renta (modelo 100) compara el IRPF que te corresponde pagar por todo lo que has ganado en el año con lo que ya has adelantado mediante retenciones y pagos a cuenta. Si adelantaste de más, te devuelven; si adelantaste de menos, pagas la diferencia. El cálculo tiene cinco pasos:
- Rendimientos netos de cada fuente. De la nómina se restan las cotizaciones a la Seguridad Social, 2.000 € de gastos generales y, si ganas poco, una reducción adicional de hasta 7.302 €. De la actividad, los gastos deducibles, la cuota de autónomo y un 5 % de gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 €.
- Base general y base del ahorro. El trabajo y la actividad forman la base general, que tributa con la escala progresiva. Los intereses, dividendos y ganancias forman la base del ahorro, con su propia escala, del 19 % al 30 %.
- Reducciones. Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base general, hasta 1.500 € al año, o hasta 5.750 € para autónomos con planes de empleo simplificados.
- Mínimo personal y familiar. Los primeros 5.550 € no tributan, y cada hijo añade un mínimo: 2.400 € el primero, 2.700 € el segundo, 4.000 € el tercero y 4.500 € el cuarto y siguientes, más 2.800 € por cada menor de 3 años.
- Resultado. Al impuesto se le restan las deducciones y todo lo que ya pagaste: retenciones de la nómina, de tus facturas y del banco, y los pagos del modelo 130.
Ejemplo: nómina y actividad a la vez
Lucía cobra una nómina de 22.000 € brutos con 2.300 € de retenciones. Además da clases como autónoma: 9.000 € de ingresos, 800 € de gastos y 1.060 € de cuota con tarifa plana. Presentó el modelo 130 y pagó 1.430 €.
Su rendimiento del trabajo es de 18.570 € y el de la actividad, de 6.783 €. Su base general es de 25.353 €. Con el mínimo personal, su IRPF ronda los 4.720 €.
Pagó por adelantado 3.730 € (2.300 € + 1.430 €). Le sale a pagar alrededor de 990 €, porque la retención de su nómina se calculó como si no tuviera otros ingresos. Lo explicamos en autónomo y asalariado a la vez.
Cuándo sale a pagar y cuándo a devolver
- Suele salir a devolver si solo tienes una nómina y tu empresa te ha retenido bien, si eres autónomo y tus clientes te retienen el 15 % con beneficios moderados, o si has tenido un hijo o has aportado a un plan de pensiones.
- Suele salir a pagar si tienes dos pagadores o nómina más actividad, si aplicas la retención del 7 % como nuevo autónomo, si has tenido un buen año o si has cobrado ganancias por vender acciones o fondos.
Lo que esta calculadora no incluye
Usa la escala general de referencia; tu comunidad autónoma aplica la suya en la mitad del impuesto, y el resultado puede variar unos cientos de euros. No incluye deducciones autonómicas, por alquiler o compra de vivienda antes de 2013, por donativos, por maternidad o por familia numerosa, ni rendimientos de alquileres o ganancias por la venta de inmuebles. Casi todas esas deducciones solo pueden bajar el resultado.
Para el cálculo definitivo, usa el borrador de Renta WEB de la Agencia Tributaria, que ya conoce tus datos fiscales. Revisa siempre la parte de actividades económicas: Hacienda no conoce tus gastos. Tienes los pasos en la renta del autónomo.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es la campaña de la renta?
Normalmente empieza a principios de abril y termina el 30 de junio. Si sale a pagar y quieres domiciliarlo, el plazo acaba unos días antes. Lo tienes en el calendario fiscal.
¿Estoy obligado a presentarla?
Si eres autónomo, prácticamente siempre. Si solo eres asalariado, no estás obligado si cobras menos de 22.000 € de un solo pagador (o de 15.876 € si tienes dos y el segundo te pagó más de 1.500 €), aunque te conviene hacerla si te sale a devolver.
¿Puedo pagarla a plazos?
Sí, en dos plazos sin intereses: el 60 % al presentarla y el 40 % hasta principios de noviembre.
Fuentes
- Ley 35/2006 del IRPF: artículos 19 y 20 (rendimientos del trabajo), 51 (planes de pensiones), 57 y 58 (mínimos) y 63, 66 y 76 (escalas).
- Agencia Tributaria, Renta WEB y portal del IRPF.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal. Explica las reglas generales y no contempla situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.
Antes de presentar cualquier modelo, contrasta tu caso con una asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.