Cuota de autónomo 2026
Por Daniel Díaz Soler · Revisado el
Introduce lo que ingresas y lo que gastas y sabrás en qué tramo del RETA estás y qué cuota te corresponde. Debajo tienes la explicación completa, con ejemplos, para que entiendas de dónde sale cada cifra.
Calcula tu cuota mensual de autónomo
Cómo funciona la cotización por ingresos reales
Desde 2023 los autónomos ya no eligen libremente cuánto cotizar. El sistema, aprobado por el Real Decreto-ley 13/2022, reparte a todos los trabajadores por cuenta propia en quince tramos según sus rendimientos netos mensuales. Cada tramo tiene una base de cotización mínima y una máxima, y la cuota que pagas es un porcentaje fijo de la base que elijas dentro de tu tramo.
La idea es sencilla: quien gana poco paga menos y quien gana más paga más. El problema es que al principio del año nadie sabe con certeza cuánto va a ganar, así que el sistema funciona por previsión: tú indicas a la Seguridad Social lo que esperas ganar, cotizas según esa previsión y, cuando Hacienda conoce tus rendimientos reales tras la declaración de la renta, la Seguridad Social regulariza, es decir, te devuelve lo que pagaste de más o te reclama lo que pagaste de menos.
Paso 1: calcula tu rendimiento neto
El tramo no depende de lo que facturas, sino de lo que te queda. El cálculo tiene tres pasos:
- Ingresos de la actividad, sin IVA. El IVA que cobras en tus facturas no es tuyo, lo ingresas a Hacienda cada trimestre, así que no cuenta.
- Menos los gastos deducibles de la actividad: material, software, cuota del coworking, asesoría, publicidad, la parte proporcional de suministros si trabajas desde casa… Tienes la lista completa en la guía de gastos deducibles.
- Menos un 7 % adicional por gastos genéricos (un 3 % si eres autónomo societario, es decir, administrador o socio de una sociedad).
Hay un detalle que confunde a mucha gente: la propia cuota de autónomo no se resta para calcular el tramo. En el IRPF sí es un gasto deducible, pero para la Seguridad Social se vuelve a sumar. Si no fuera así, el cálculo sería circular: la cuota dependería del rendimiento y el rendimiento de la cuota.
El resultado anual se divide entre doce para obtener el rendimiento neto mensual, que es el que te coloca en la tabla.
Paso 2: busca tu tramo en la tabla
Estas son las cuotas mínimas de cada tramo para 2026, calculadas sobre la base mínima y aplicando el tipo del 31,5 %. Los tramos 1 a 3 forman la llamada tabla reducida, pensada para quienes ganan menos que el salario mínimo.
| Tramo | Rendimientos netos al mes | Base mínima | Cuota mínima |
|---|
Respecto a 2025, las bases mínimas de los tramos se han mantenido. Lo único que ha subido es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que pasa del 0,8 % al 0,9 %, de modo que cada cuota sube unos céntimos o pocos euros al mes.
Paso 3: elige tu base dentro del tramo
Dentro de tu tramo puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima. La mayoría de autónomos cotiza por la mínima, porque es lo que menos pagas cada mes, pero conviene saber lo que implica:
- La pensión de jubilación se calcula con las bases de cotización de los últimos años de tu vida laboral. Cotizar siempre por la mínima significa una pensión baja.
- La baja por enfermedad (incapacidad temporal) y la prestación por nacimiento se calculan sobre tu base. Con la base mínima del tramo 1, la prestación diaria es muy pequeña.
- El cese de actividad, el equivalente al paro de los autónomos, también depende de la base por la que hayas cotizado.
No hay una respuesta correcta para todo el mundo. Si estás empezando y cada euro cuenta, la mínima es razonable. Si tu negocio ya es estable, subir la base es una forma de ahorro con protección incluida.
Ejemplos con números
Lucía, diseñadora gráfica. Factura de media 2.500 € al mes sin IVA y tiene unos 400 € de gastos de la actividad.
Rendimiento: 2.500 − 400 = 2.100 €. Aplicando el 7 % de gastos genéricos: 2.100 × 0,93 = 1.953 € al mes.
Eso la sitúa en el tramo de 1.850 a 2.030 €, con una base mínima de 1.209,15 €. Su cuota mínima es 1.209,15 × 31,5 % = 380,88 € al mes.
Marcos, profesor particular que empieza. Ingresa unos 1.000 € al mes y tiene 150 € de gastos.
Rendimiento: (1.000 − 150) × 0,93 = 790,50 € al mes.
Cae en el tramo 2 de la tabla reducida (de 670 a 900 €), con una base mínima de 718,95 € y una cuota mínima de 226,47 € al mes. Si es su primera alta, durante el primer año podría pagar la tarifa plana en lugar de esta cuota.
Qué compone ese 31,5 %
Sobre la base de cotización que elijas se aplican varios conceptos que se suman:
| Concepto | Tipo | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 28,30 % | Jubilación, bajas por enfermedad común, nacimiento |
| Contingencias profesionales | 1,30 % | Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales |
| Cese de actividad | 0,90 % | La prestación si tienes que cerrar el negocio |
| Formación profesional | 0,10 % | Financia la formación para el empleo |
| MEI | 0,90 % | Fondo de reserva de las pensiones |
| Total | 31,50 % |
La regularización: qué pasa si te equivocas de tramo
Equivocarse es casi inevitable si tus ingresos varían, y el sistema lo tiene previsto. Una vez que presentas la declaración de la renta, la Agencia Tributaria comunica a la Seguridad Social tus rendimientos reales del año. Con ese dato se calcula el tramo que realmente te correspondía:
- Si cotizaste de menos, recibirás una notificación con la diferencia a pagar y un plazo para ingresarla. Si pagas en plazo, no hay recargo.
- Si cotizaste de más, la Seguridad Social te devuelve la diferencia de oficio, sin que tengas que pedirla.
Aunque cotizar de menos no tenga recargo si pagas a tiempo, puede suponer un pago grande de golpe un año después. Por eso es mejor ajustar el tramo durante el año que esperar a la regularización. Lo explicamos a fondo en la regularización de cuotas.
Cómo cambiar de tramo o de base
Puedes cambiar tu previsión de rendimientos y tu base hasta seis veces al año desde Import@ss, el portal de la Seguridad Social, con certificado digital, Cl@ve o incluso con un SMS al móvil que tengas registrado. El cambio surte efecto en la fecha que corresponda según cuándo lo pidas:
| Si lo solicitas entre | Se aplica desde |
|---|---|
| 1 de enero y último día de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Tienes el proceso explicado pantalla a pantalla en la guía para cambiar tu base de cotización.
Errores habituales
- Usar la facturación en lugar del rendimiento. Facturar 3.000 € al mes no significa estar en el tramo de 3.000 €: primero hay que restar los gastos y el 7 %.
- Contar el IVA como ingreso. El IVA repercutido no forma parte de tus ingresos para la cotización.
- No revisar la previsión cuando el negocio cambia. Si consigues un cliente grande en primavera, sube el tramo en la siguiente ventana en lugar de acumular una deuda para la regularización.
- Olvidar los rendimientos de otras actividades. Si tienes varias actividades por cuenta propia, se suman todas para calcular el tramo. Si además trabajas por cuenta ajena, lee la guía de pluriactividad.
Preguntas frecuentes
¿Por qué mi cuota no es igual que la de un compañero que factura lo mismo?
Porque el tramo depende del rendimiento neto, no de la facturación. Dos personas que facturan 3.000 € al mes pagan cuotas distintas si una tiene 200 € de gastos y la otra 1.200 €. Además, cada uno puede haber elegido una base distinta dentro de su tramo.
¿La cuota de autónomo se puede deducir en la renta?
Sí. En el IRPF la cuota es un gasto deducible de la actividad, y reduce tu rendimiento y, por tanto, lo que pagas a Hacienda. Lo que no se hace es restarla para calcular el tramo de cotización.
¿Qué pasa si un mes no gano nada?
La cuota se paga igual, porque el tramo se calcula con la media anual. Si prevés un año con ingresos muy bajos, puedes pasar al tramo 1 de la tabla reducida, que es la cuota más baja posible fuera de la tarifa plana.
¿Y la tarifa plana?
Si te das de alta por primera vez, o no has sido autónomo en los dos últimos años (tres si ya disfrutaste antes de la tarifa plana), puedes pagar una cuota reducida de 80 € al mes más el MEI durante los doce primeros meses. Se puede prorrogar otro año si tus rendimientos no superan el salario mínimo. Tienes todos los detalles en la guía de la tarifa plana.
Fuentes
- Seguridad Social, Guía práctica de trabajo autónomo (Import@ss).
- Agencia Tributaria, Información para determinar el rendimiento neto.
- Real Decreto-ley 13/2022, que establece el sistema de cotización por ingresos reales.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal. Explica las reglas generales y no contempla situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.
Antes de presentar cualquier modelo, contrasta tu caso con una asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.