Calculadora de IRPF para autónomos 2026
Por Daniel Díaz Soler · Revisado el
Una estimación de tu IRPF anual a partir de lo que facturas, lo que gastas y lo que ya te han retenido. Debajo tienes el cálculo explicado paso a paso, con un ejemplo, para que entiendas el resultado y sepas qué no tiene en cuenta.
Estima tu IRPF del ejercicio
Por qué el IRPF nunca es un porcentaje fijo
El IRPF es progresivo: no pagas un único tipo sobre todo lo que ganas, sino que cada tramo de renta tributa a su propio porcentaje. Los primeros euros tributan al 19 %, los siguientes al 24 %, y así sucesivamente.
Por eso ganar más nunca hace que pierdas dinero: si pasas de un tramo al siguiente, solo los euros que entran en el tramo nuevo pagan el tipo superior. Y por eso también el tipo efectivo, el que sale de dividir lo que pagas entre lo que ganas, siempre es más bajo que el tipo marginal, el del último tramo que alcanzas.
Cómo se calcula, paso a paso
1. El rendimiento neto de la actividad
Partes de tus ingresos del año sin IVA y restas los gastos deducibles, incluida la cuota de autónomo, que en el IRPF sí es un gasto. Si estás en estimación directa simplificada, restas además un 5 % por gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € al año.
2. Las reducciones
Si tu rendimiento neto es bajo (menos de 19.747,50 € al año) y no tienes otras rentas importantes, puedes aplicar una reducción adicional de hasta 1.000 €. La calculadora no la incluye, así que si estás en ese caso tu resultado real será algo menor.
3. La escala
Al resultado, la base liquidable, se le aplica la escala progresiva. Esta es la escala general de referencia, que suma la parte estatal y una parte autonómica tipo:
| Base liquidable | Tipo |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19 % |
| De 12.450 € a 20.200 € | 24 % |
| De 20.200 € a 35.200 € | 30 % |
| De 35.200 € a 60.000 € | 37 % |
| De 60.000 € a 300.000 € | 45 % |
| Más de 300.000 € | 47 % |
Cada comunidad autónoma aprueba su propia escala para la mitad autonómica del impuesto, así que tu resultado real variará algo según dónde tengas la residencia fiscal. Comunidades como Madrid tienen tipos algo más bajos; otras, como Cataluña o la Comunidad Valenciana, algo más altos en ciertos tramos.
4. El mínimo personal
Los primeros 5.550 € de tu renta no tributan: es el mínimo personal. Técnicamente, se calcula el impuesto de toda tu base y se le resta el impuesto que correspondería a esos 5.550 €. Si tienes hijos, ascendientes a cargo o alguna discapacidad, el mínimo es mayor.
5. Las retenciones y pagos a cuenta
Del impuesto resultante se restan las retenciones que te han practicado tus clientes y los pagos del modelo 130. Lo que queda es lo que pagas, o lo que te devuelven, en la declaración de la renta.
Ejemplo: Carmen, consultora
Carmen factura 36.000 € al año, tiene 6.000 € de gastos y ha pagado 3.600 € de cuota de autónomo.
Rendimiento previo: 36.000 − 6.000 − 3.600 = 26.400 €. Gastos de difícil justificación: 5 % = 1.320 €. Rendimiento neto: 25.080 €.
Impuesto según la escala: 12.450 × 19 % + 7.750 × 24 % + 4.880 × 30 % = 2.365,50 + 1.860 + 1.464 = 5.689,50 €.
Menos el impuesto del mínimo personal: 5.550 × 19 % = 1.054,50 €. IRPF del año: 4.635 €.
Como todos sus clientes son empresas, le han retenido el 15 % de 36.000 €: 5.400 €. Hacienda le devolverá unos 765 €.
Su tipo efectivo sobre lo facturado es del 12,9 %, aunque su tipo marginal sea del 30 %.
¿Me saldrá a pagar o a devolver?
Depende de cuánto hayas adelantado durante el año comparado con tu impuesto real:
- Si te retienen el 15 % y tus beneficios son moderados, es frecuente que salga a devolver, como a Carmen, porque el 15 % sobre la facturación suele ser más que el impuesto real.
- Si te retienen el 7 % por ser nuevo autónomo, es más probable que salga a pagar.
- Si presentas el modelo 130, el 20 % sobre el beneficio suele acercarse al impuesto real en rentas medias.
- Si además trabajas por cuenta ajena, tus rentas se suman y tributan juntas, lo que suele subir el tipo marginal. Lo explicamos en pluriactividad.
Lo que esta calculadora no incluye
Aplica el mínimo personal básico y los gastos de difícil justificación, pero no contempla:
- Mínimos por hijos, ascendientes o discapacidad.
- Aportaciones a planes de pensiones, que reducen la base.
- Deducciones autonómicas, por vivienda, por donativos o por maternidad.
- La reducción por rendimientos bajos de la actividad.
- Rentas de otras fuentes: trabajo por cuenta ajena, alquileres, intereses o ganancias por la venta de acciones.
Si tienes cualquiera de esos elementos, tu cuota real será distinta. El borrador de la renta en Renta WEB es la herramienta que lo calcula todo con tus datos reales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto debería apartar para el IRPF?
Si nadie te retiene, un 20 % de tu beneficio es un buen punto de partida, que es lo que pide el modelo 130. Si ganas bastante más de 35.000 € de beneficio al año, conviene apartar algo más, porque tu tipo marginal ya supera el 30 %.
¿La cuota de autónomo reduce el IRPF?
Sí. Es un gasto deducible de la actividad y reduce tu rendimiento neto.
¿Es mejor aplicar la retención del 7 % o la del 15 %?
El impuesto final es el mismo. Con el 7 % tienes más liquidez durante el año, pero es más probable que tengas que pagar en la renta. Lo explicamos en la retención en las facturas.
Fuentes
- Agencia Tributaria, Estimación directa simplificada (gastos de difícil justificación).
- Ley 35/2006 del IRPF, artículos 63 y 74 (escalas) y 57 (mínimo personal).
Esto es información general, no asesoramiento fiscal. Explica las reglas generales y no contempla situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.
Antes de presentar cualquier modelo, contrasta tu caso con una asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.