Saltar al contenido
Cuentaclaras

La tarifa plana de autónomos en 2026

Por Daniel Díaz Soler · Revisado el

La tarifa plana es una cuota reducida de la Seguridad Social para quien empieza como autónomo. En lugar de cotizar según sus rendimientos, paga un importe fijo muy inferior durante el primer año, y a veces también el segundo. Aquí tienes los requisitos, los plazos y los detalles que hacen que mucha gente la pierda sin darse cuenta.

Cuánto se paga

La cuota reducida es de 80 € al mes durante los primeros doce meses. A esa cantidad se suma la cotización por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que en 2026 es del 0,9 % de la base, de modo que el cargo real en tu cuenta queda en torno a 88 € al mes.

Para hacerte una idea del ahorro: sin tarifa plana, la cuota más baja posible (tramo 1 de la tabla reducida) es de unos 206 € al mes, y un autónomo con un rendimiento neto de 2.000 € al mes paga alrededor de 381 €. Puedes calcular la tuya en la calculadora de cuota.

Quién puede pedirla

Los requisitos principales son:

  • Alta inicial: no haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores a la fecha de alta. Si ya disfrutaste de la tarifa plana en el pasado, el plazo es de tres años.
  • Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda.
  • No ser autónomo colaborador, es decir, el familiar que trabaja con un autónomo titular.

Si vas a ser autónomo societario (administrador o socio de una sociedad), consulta antes con la Seguridad Social: el criterio sobre si los societarios pueden acogerse ha cambiado varias veces y conviene que te lo confirmen para tu caso.

Cuánto dura: el primer y el segundo año

PeriodoCuotaCondición
Meses 1 a 1280 € + MEINinguna: basta con cumplir los requisitos del alta
Meses 13 a 2480 € + MEIRendimientos netos previstos inferiores al salario mínimo y solicitud expresa
Desde el mes 25Según tramoPasas al sistema general de cotización por ingresos reales

La prórroga del segundo año no es automática. Hay que solicitarla antes de que terminen los primeros doce meses, declarando que tus rendimientos netos en ese segundo año serán inferiores al salario mínimo interprofesional anual. Si no la pides o si tus rendimientos lo superan, pasas a cotizar por el tramo que te corresponda.

Igual que con el resto de autónomos, la Seguridad Social comprobará después tus rendimientos reales con los datos de Hacienda. Si resulta que superaste el salario mínimo durante la prórroga, te reclamará la diferencia con la cuota que te habría correspondido.

Casos con más duración

Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % y las víctimas de violencia de género o de terrorismo tienen una tarifa plana más larga: 80 € durante los primeros 24 meses, ampliables después con una cuota reducida si sus rendimientos son bajos. Consulta las condiciones vigentes en la Seguridad Social si es tu caso.

Cómo se solicita

Se pide en el mismo momento del alta en el RETA, en Import@ss, marcando la opción correspondiente del formulario. No es un trámite aparte ni hay que esperar una resolución distinta: si cumples los requisitos, la cuota reducida se aplica desde el primer recibo.

Si te olvidas de marcarla al darte de alta, recuperarla después es complicado, así que revísalo antes de confirmar. Tienes todo el proceso en la guía de alta como autónomo.

Cuándo se pierde

  • Si te das de baja antes de terminar el periodo: la tarifa plana no se “congela” y, si vuelves a darte de alta pronto, no podrás pedirla otra vez hasta que pasen tres años.
  • Si dejas de pagar una cuota: estar al corriente es un requisito para mantener la reducción.
  • Si superas el salario mínimo durante la prórroga del segundo año.

Las ayudas autonómicas: la “cuota cero”

Varias comunidades autónomas complementan la tarifa plana con subvenciones que llegan a devolver lo pagado durante el primer año, o incluso el segundo. Comunidades como Andalucía, Madrid, Murcia, Baleares o Canarias han tenido programas de este tipo, con requisitos y plazos que cambian en cada convocatoria.

Merece la pena buscar la convocatoria vigente antes de darte de alta, porque muchas exigen solicitarla en un plazo corto desde la fecha de alta y no admiten peticiones retroactivas. Tienes un resumen en ayudas para autónomos por comunidades.

Lo que la tarifa plana no cambia

Reduce lo que pagas a la Seguridad Social, nada más. Tus obligaciones con Hacienda son exactamente las mismas:

Y como cotizas menos, la base que se tiene en cuenta para tus prestaciones también es menor: si te pones de baja por enfermedad durante la tarifa plana, la prestación será baja. Es un precio razonable por empezar con menos gastos, pero conviene saberlo.

Ejemplo: cuánto te ahorras

Ana se da de alta como traductora y prevé un rendimiento neto de unos 1.400 € al mes el primer año.

Sin tarifa plana estaría en el tramo de 1.300 a 1.500 €, con una cuota mínima de unos 303 € al mes: unos 3.630 € al año.

Con tarifa plana paga unos 88 € al mes: unos 1.060 € al año. Se ahorra más de 2.500 € el primer año.

Como su rendimiento supera el salario mínimo, el segundo año no podrá prorrogarla y pasará a su tramo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la tarifa plana si trabajo también por cuenta ajena?

Sí, la pluriactividad no impide acogerse a la tarifa plana si cumples el resto de requisitos. Además, como asalariado ya cotizas, por lo que puede que tengas derecho a devolución de parte de tus cuotas. Lo explicamos en pluriactividad.

¿La tarifa plana cuenta para la jubilación?

Sí, los meses cotizados cuentan como tiempo cotizado, aunque la base es baja y su peso en el importe de la pensión es pequeño.

¿Qué pasa si me doy de alta el día 20 del mes?

El primer mes pagas la parte proporcional de los días de alta. Los doce meses de tarifa plana se cuentan desde la fecha de alta.

Fuentes

Esto es información general, no asesoramiento fiscal. Explica las reglas generales y no contempla situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.

Antes de presentar cualquier modelo, contrasta tu caso con una asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.