Cambiar tu base de cotización
Por Daniel Díaz Soler · Revisado el
Puedes ajustar tu cuota de autónomo seis veces al año. Si tu previsión de enero no se está cumpliendo, corregirla a tiempo te ahorra dinero cada mes o te evita una reclamación de la Seguridad Social un año después.
Por qué hay que revisarlo durante el año
Desde 2023 la cuota de autónomo depende de tus rendimientos reales, y eso cambió una cosa fundamental: ya no eliges una base y te olvidas. Cotizas según una previsión y, cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales tras la declaración de la renta, la Seguridad Social regulariza:
- Si cotizaste por debajo de lo que te correspondía, te reclama la diferencia.
- Si cotizaste de más, te la devuelve.
Ese cruce llega uno o dos años después, cuando ya ni te acuerdas. Ajustar la previsión durante el año evita que una diferencia de 50 € al mes se convierta en una reclamación de 600 € de golpe. Tienes todos los detalles en la regularización de cuotas.
Las seis ventanas del año
Cada solicitud tiene su plazo y su fecha de efecto:
| Si lo solicitas entre | El cambio entra en vigor el |
|---|---|
| 1 de enero y último día de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Las dos últimas ventanas del año son las más útiles: en otoño ya sabes con bastante precisión cómo va a cerrar tu ejercicio, mientras que en enero solo tenías una previsión.
Cómo calcular tu tramo
El tramo no depende de lo que facturas sino de tu rendimiento neto:
- Ingresos previstos del año, sin IVA.
- Menos gastos deducibles de la actividad (sin contar la propia cuota de autónomo).
- Menos un 7 % por gastos genéricos (un 3 % si eres autónomo societario).
- Dividido entre doce.
Si ya llevas varios meses del año, lo más fiable es partir de lo que llevas real y estimar lo que falta. Puedes hacerlo con la calculadora:
Calcula tu cuota mensual de autónomo
Cómo se solicita en Import@ss
- Entra en Import@ss, el portal de la Seguridad Social, con certificado digital, Cl@ve o mediante un SMS al móvil que tengas registrado.
- Ve al apartado de tu trabajo como autónomo y elige la opción de cambiar tu base de cotización o tus rendimientos.
- Introduce tu previsión de rendimientos netos anuales. El sistema te mostrará el tramo que te corresponde y su horquilla de bases.
- Elige la base dentro de esa horquilla.
- Confirma y guarda el justificante.
Es un trámite de unos minutos y no requiere justificar nada en ese momento: basta con declarar tu previsión de buena fe. La comprobación llega después, con la regularización.
Qué base elegir dentro del tramo
La base mínima es la más barata cada mes, pero la base de cotización determina lo que cobrarías en una baja por enfermedad, en la prestación por nacimiento, en el cese de actividad y en tu pensión futura.
Ejemplo. Con un rendimiento de 2.000 € al mes estás en el tramo de 1.850 a 2.030 €. Cotizando por la base mínima (1.209,15 €) pagas unos 381 € al mes. Si eliges una base de 1.800 €, pagas 567 € al mes.
En una baja por enfermedad común, la prestación es un porcentaje de la base: el 60 % entre los días 4 y 20 y el 75 % a partir del día 21. Con la base mínima serían unos 725 € y 907 € al mes; con la de 1.800 €, unos 1.080 € y 1.350 €.
Cotizar siempre por el mínimo sale barato hasta el día en que te pones enfermo dos meses. Merece la pena mirar las dos caras, sobre todo si tu actividad depende físicamente de ti. Lo explicamos en la baja por enfermedad del autónomo.
Situaciones típicas
- Has conseguido un cliente grande en primavera: sube el tramo en la siguiente ventana para no acumular una deuda.
- El año va peor de lo previsto: bájalo cuanto antes; cada mes con un tramo demasiado alto es dinero que tendrás que esperar a que te devuelvan.
- Tu actividad es muy estacional: piensa en la media anual, no en el mes en curso.
- Se acaba tu tarifa plana: haz la previsión antes de que llegue el mes 13 para que tu primera cuota normal sea la correcta. Lo explicamos en tarifa plana.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden sancionar si mi previsión no se cumple?
No. Equivocarse en la previsión no es una infracción: la consecuencia es la regularización, sin recargo si pagas la diferencia en el plazo que te indiquen.
¿Puedo cotizar por más de lo que me corresponde?
Sí, dentro de la horquilla de tu tramo puedes elegir hasta la base máxima. Lo que no puedes es cotizar por debajo de la mínima de tu tramo real; si lo haces, la regularización la ajustará.
¿El cambio de base afecta a la cuota de este mes?
No. Se aplica desde la fecha de efecto de la ventana en la que lo solicitas, según la tabla de arriba.
Fuentes
- Seguridad Social, Guía práctica de trabajo autónomo (Import@ss).
- Real Decreto-ley 13/2022.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal. Explica las reglas generales y no contempla situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.
Antes de presentar cualquier modelo, contrasta tu caso con una asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.