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Cuentaclaras

Plan de pensiones para autónomos

Por Daniel Díaz Soler · Revisado el

Los autónomos suelen llegar a la jubilación con pensiones bajas, y por eso el ahorro privado les importa más que a nadie. Los planes de pensiones tienen una ventaja fiscal clara, pero también letra pequeña. Aquí tienes los límites de 2026 y cuándo te compensan.

Cuánto puedes aportar con ventaja fiscal

Tipo de planLímite anual de aportación deducible
Plan de pensiones individual1.500 €
Plan de empleo simplificado para autónomosHasta 4.250 € adicionales
Total para un autónomoHasta 5.750 €

Además, el total no puede superar el 30 % de la suma de tus rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del año.

Los planes de empleo simplificados para autónomos se crearon en 2022 para que los trabajadores por cuenta propia tuvieran un límite mayor, parecido al de los planes de empresa. Los promueven asociaciones de autónomos, colegios profesionales o entidades financieras. Pregunta a tu banco o a tu colegio profesional si tienen uno.

Cuánto te ahorras

Las aportaciones reducen tu base imponible del IRPF. El ahorro inmediato es la aportación multiplicada por tu tipo marginal:

Tu base liquidableTipo marginalAhorro por 1.500 €Ahorro por 5.750 €
De 12.450 € a 20.200 €24 %360 €1.380 €
De 20.200 € a 35.200 €30 %450 €1.725 €
De 35.200 € a 60.000 €37 %555 €2.128 €
Más de 60.000 €45 %675 €2.588 €

Si una aportación grande te baja de tramo, el ahorro de la parte que cae en el tramo inferior es algo menor. Calcula tu tipo con la calculadora de IRPF.

La letra pequeña: el rescate

La ventaja no es gratis: al rescatar el plan, todo lo que saques tributa en tu IRPF como rendimiento del trabajo, tanto lo aportado como lo ganado. Es un diferimiento del impuesto, no un regalo:

  • Si al jubilarte tus ingresos son menores que ahora, pagarás menos al rescatar de lo que te ahorraste al aportar. Ahí está la ganancia.
  • Si rescatas todo de golpe, se suma a tu pensión de ese año y puedes acabar pagando un tipo alto. Lo habitual es rescatar en varios años o en forma de renta.

Por eso el plan de pensiones suele compensar más a quien tiene un tipo marginal alto ahora (30 % o más) y espera uno más bajo en la jubilación.

Cuándo se puede sacar el dinero

  • Al jubilarte.
  • Por incapacidad permanente, dependencia o fallecimiento.
  • Por enfermedad grave o paro de larga duración, que para un autónomo incluye el cese de actividad en ciertos casos.
  • Las aportaciones con más de diez años de antigüedad, desde 2025.

Fuera de esos casos, el dinero está inmovilizado. No lo uses como colchón para emergencias: para eso está el fondo de reserva que explicamos en cuánto apartar para impuestos.

¿Me conviene?

  • Sí, probablemente, si tu tipo marginal es del 30 % o más, ya tienes un colchón de emergencia y quieres ahorrar a largo plazo.
  • Quizá no, si tus ingresos son bajos (tipo del 19 o 24 %), necesitas liquidez o estás empezando.
  • Compara también con subir tu base de cotización: también mejora tu pensión y tus prestaciones por baja, y la cuota es deducible. Lo explicamos en la jubilación del autónomo.

Fíjate en las comisiones del plan: una comisión de gestión alta se come buena parte de la ventaja fiscal a lo largo de los años.

Preguntas frecuentes

¿Puedo aportar al plan de mi pareja?

Sí, hasta 1.000 € al año al plan de tu cónyuge si sus rendimientos son inferiores a 8.000 €, con su propia reducción.

¿Las aportaciones son un gasto de la actividad?

No. Reducen la base imponible en la renta, pero no son un gasto de la actividad, así que no rebajan el modelo 130 ni el tramo de cotización.

¿Qué pasa si aporto más del límite?

El exceso no reduce la base ese año, pero puede aplicarse en los cinco años siguientes si lo indicas en la renta.

Fuentes

  • Ley 35/2006 del IRPF, artículos 51 y 52 (reducciones por aportaciones a sistemas de previsión social).

Esto es información general, no asesoramiento fiscal. Explica las reglas generales y no contempla situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.

Antes de presentar cualquier modelo, contrasta tu caso con una asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.