Modelo 036: el alta en Hacienda (y qué pasó con el 037)
Por Daniel Díaz Soler · Revisado el
Antes de darte de alta en la Seguridad Social tienes que comunicar a Hacienda que empiezas una actividad. Eso se hace con la declaración censal, el modelo 036. Aquí tienes qué apartados te afectan, qué estás decidiendo en cada uno y los errores que más se repiten.
El modelo 037 ya no existe
Durante años hubo dos formularios: el 036, completo, y el 037, una versión simplificada que usaba la mayoría de autónomos persona física. La Orden HAC/1526/2024 suprimió el modelo 037 con efectos desde el 3 de febrero de 2025. Desde entonces, cualquier alta, modificación o baja censal se hace con el modelo 036.
En la práctica el cambio es menor de lo que parece: el formulario electrónico del 036 solo te muestra los apartados que necesitas según lo que vas marcando, así que para un autónomo sencillo el trámite es casi igual de corto que el antiguo 037.
Cómo se presenta
Se presenta por internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado de censos, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es gratuito y queda registrado en el momento. Al terminar, descarga el justificante en PDF con el código seguro de verificación.
También se puede presentar en papel, pidiendo cita en una oficina de la Agencia Tributaria, aunque para un alta normal no tiene ninguna ventaja.
Los apartados que te afectan como autónomo
El 036 tiene muchas páginas, pero un autónomo persona física que empieza solo suele rellenar estas:
Causas de presentación
Marcas que es un alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Si en el futuro cambias algo, usarás el mismo modelo marcando la causa de modificación correspondiente.
Identificación
Tus datos personales y tu domicilio fiscal. Si trabajas desde casa, el domicilio fiscal y el de la actividad coinciden. Si tienes un local, lo indicas aparte.
Actividades económicas y locales
Aquí eliges el epígrafe del IAE, la fecha de inicio y el lugar donde ejerces. Es la decisión más importante del formulario: el epígrafe determina si eres profesional o empresario, si llevas retención, qué IVA aplicas y si puedes estar en módulos. Elegir el epígrafe equivocado arrastra problemas durante años.
IVA
Indicas si tu actividad está sujeta a IVA y en qué régimen. La mayoría de autónomos están en el régimen general. Algunas actividades están exentas (determinados servicios sanitarios o de enseñanza reglada, por ejemplo) y los comercios minoristas suelen estar en el recargo de equivalencia.
En este apartado también se solicita el alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) si vas a vender o comprar servicios o bienes a empresas de otros países de la UE. Sin él, no puedes emitir facturas intracomunitarias sin IVA. Lo explicamos en facturar al extranjero.
IRPF
Eliges el método para calcular tu rendimiento: estimación directa simplificada (lo normal), directa normal u objetiva (módulos, solo para ciertas actividades). También indicas si estás obligado a presentar pagos fraccionados con el modelo 130.
Retenciones
Solo si vas a contratar trabajadores, pagar a otros profesionales que te facturen con retención o alquilar un local. En ese caso tendrás que presentar modelos adicionales, como el 111 o el 115.
Errores habituales
- Usar un formulario antiguo. Si una guía o un amigo te dice que presentes el 037, está desactualizado.
- Poner una fecha de inicio que no coincide con el alta en el RETA. Las dos fechas deben ser coherentes; el alta en Hacienda tiene que ser anterior o del mismo día.
- Olvidar el ROI si vas a trabajar con clientes de otros países de la UE.
- Marcar que no estás obligado al modelo 130 sin comprobarlo: la exención solo se aplica si al menos el 70 % de tus ingresos llevan retención.
- Elegir un epígrafe de empresario cuando tu actividad es profesional, o al revés, lo que cambia la retención de tus facturas.
No es solo para el alta
El mismo modelo se usa para comunicar cualquier cambio posterior, normalmente en el plazo de un mes desde que se produce:
- Cambio de domicilio fiscal o del lugar de la actividad.
- Alta en una actividad o epígrafe nuevo.
- Alta o baja en el ROI.
- Cambio de régimen de IVA o de método de estimación del IRPF.
- Cese de la actividad, que se explica en la guía para darse de baja como autónomo.
Es una de esas obligaciones que se olvidan con facilidad y que después aparecen en forma de requerimiento.
Preguntas frecuentes
Presenté el 037 antes de 2025, ¿tengo que hacer algo?
No. Las declaraciones presentadas cuando el 037 estaba vigente siguen siendo válidas. Solo tendrás que usar el 036 la próxima vez que comuniques un cambio.
¿El 036 tiene coste?
No. Presentarlo es gratuito. Darte de alta en un epígrafe del IAE tampoco: las personas físicas están exentas de pagar ese impuesto.
¿Qué hago después de presentarlo?
Darte de alta en la Seguridad Social. Lo tienes explicado en la guía de alta paso a paso.
Fuentes
- Agencia Tributaria, Orden ministerial de modificación de las declaraciones censales.
- Agencia Tributaria, Censos, NIF y domicilio fiscal.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal. Explica las reglas generales y no contempla situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.
Antes de presentar cualquier modelo, contrasta tu caso con una asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.